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Seguro de vida y accidentes

Tranquilidad para los que dependen de vos

Coberturas de vida, accidentes personales y sepelio, dimensionadas según tus ingresos y tus obligaciones, para que tu familia no quede expuesta.

Qué cubrimos

Vida individual

Capital asegurado para tu familia ante fallecimiento.

Invalidez total y permanente

Anticipo del capital ante incapacidad.

Accidentes personales

Muerte accidental, invalidez y gastos médicos.

Sepelio

Servicio o reintegro de gastos.

Vida colectivo

Para empleados de comercios, empresas y cooperativas.

Seguro obligatorio del empleado

Decreto 1567/74, para personal en relación de dependencia.

Preguntas frecuentes sobre vida

¿Por cuánto conviene asegurarse?

Una referencia habitual es entre 3 y 5 años de ingresos, más deudas pendientes. Lo definimos según tu situación.

¿Piden estudios médicos?

Por debajo de ciertos capitales se contrata con declaración de salud. Para sumas altas la compañía puede pedir estudios.

Tengo empleados, ¿necesito un seguro de vida?

Sí. El seguro de vida obligatorio del decreto 1567/74 es requisito para todo trabajador en relación de dependencia.

Pedí tu cotización de vida

Te responde un asesor de TS, el mismo día.

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